México, D.F. a 4 de enero de 2002

 

 

 

CIRCULAR

IMPUESTO A LA VENTA DE BIENES Y SERVICIOS SUNTUARIOS

VERSIÓN 3

 

 

A TODOS NUESTROS CLIENTES

 

En la Ley de Ingresos de la Federación publicada en el Diario Oficial de la Federación del martes 1 de enero de 2002, en el artículo 8 transitorio (págs. 28-29, primera sección), se establece un “impuesto a la venta de bienes y servicios suntuarios” del 5%, que afecta a bares, cantinas, cabarets, discotecas o restaurantes en los que se venden bebidas alcohólicas (exceptuando los que venden únicamente vino y cerveza). Ha habido cientos de diferentes interpretaciones de este artículo, y en este momento nadie sabe bien como aplicarlo. Le recomendamos que lea cuidadosamente el artículo y se asesore con un Contador Público especializado.

 

Algunos de nuestros clientes nos han solicitado instrucciones para aumentar sus precios y modificar el porcentaje de impuesto desglosado en el sistema. En esta circular nos limitamos a detallar el procedimiento correspondiente; esta no es una recomendación, y tampoco es nuestra interpretación de la ley.

 

Para cualquier solicitud adicional sobre cambios a los comprobantes emitidos por el sistema, o los mecanismos para cálculo de impuesto, por favor hágala POR ESCRITO incluyendo ejemplos numéricos detallados y ejemplos de comprobantes.  A partir de estos ejemplos cotizaremos las modificaciones pertinentes al sistema.

 

IMPORTANTE – Los cambios mencionados a continuación tienen que hacerse antes de que abra el restaurante (no debe haber cuentas abiertas). Si su instalación es con matriz y sucursal (es decir, que los precios no se cambian en la caja), no olvide enviar y recibir datos.

 

COMO AUMENTAR PRECIOS DE VENTA

El sistema maneja precios con impuesto incluido, porque así es como trabajan los restaurantes en México. Si en su carta un platillo tiene actualmente un precio de $115, en el sistema se dio de alta con un precio de $115 y un impuesto de 15%. Esto significa que el precio del platillo era de $100 + $15 IVA. Si ahora ese artículo debe costar $100 + $15 IVA + $5 del nuevo impuesto, el precio que debe estar registrado es $120. Asimismo, como el sistema maneja un solo impuesto, para aplicar dos impuestos diferentes hay que darlos de alta en forma compuesta (15% + 5% = 20%). Esto no significa que el IVA sea 20%, sino que el TOTAL DE IMPUESTOS es 20%.

 

 

COMO MODIFICAR EL IMPUESTO

 

COMO MODIFICAR EL IMPUESTO PARA UNA NOTA ESPECIFICA

Según algunas interpretaciones de la ley, si el cliente pide factura con impuesto desglosado, no se le debe cobrar el impuesto a la venta de bienes y servicios suntuarios.

Por ejemplo, si el año pasado se tenía una cuenta por $115, compuestos por $100 + $15 IVA, este año esa misma cuenta pasaría a $120, compuestos por $100 + $15 IVA + $5 del nuevo impuesto. Pero si el cliente presenta su RFC y solicita factura, sólo se le cobran $115, como se hacía anteriormente.

 

Si usted desea hacer esto, para poder modificar el impuesto durante la operación del restaurante necesita realizar estos pasos previos:

 

Durante la operación, las cuentas se imprimirán con F10 (imprimir) utilizando el impuesto global (20% si siguió las instrucciones del apartado “cómo modificar el impuesto”). Inmediatamente antes de cobrar la cuenta, si el cliente pidió factura, el cajero deberá entrar a la mesa correspondiente y presionar F2 (opciones) y después seleccionar la opción “Desc. Prog. 5” o “Impuesto 15%”, con lo que cambiará el impuesto a 15%, reduciendo el total de la cuenta. En el menú también encontrará la opción “Desc. Prog. 6” o “Impuesto 20%”, con la que podrá regresar el impuesto al 20%. UNA VEZ PAGADA LA CUENTA NO HAY FORMA DE MODIFICAR EL IMPUESTO.

 

Si no aparecen en el menú las opciones mencionadas:

 

Impuesto 15%,[48]

Impuesto 20%,[49]

 

 

En su corte de caja se reportarán dos tipos de impuesto: el de 15% y el de 20%. A partir de estos totales, puede aplicar las siguientes fórmulas:

 

IVA = (total impuesto 15%) + (total impuesto 20%) * 0.75

impuesto a la venta de bienes y servicios suntuarios = (total impuesto 20%) * 0.25

 

Si su corte de caja reporta los totales de venta por artículo sin impuesto (es decir, si aparece la leyenda LOS TOTALES DE VENTA NO INCLUYEN IVA), estos totales serán incorrectos porque contemplan un impuesto global de 20%. Estamos trabajando para solucionar este detalle.

 

Sin más por el momento, quedamos a sus órdenes para cualquier aclaración.

 

                                                Atentamente,

 

 

 

 

                                                INSOFT, S.A. DE C.V.